Recientemente se ha publicado en el B.O.E. la Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual ser� exigible la constituci�n de la garant�a financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2, mediante Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, y por la que se modifica su anexo.
Esta orden tiene por objeto establecer la fecha a partir de la cual ser� exigible la garant�a financiera a las actividades clasificadas con nivel de prioridad 1 y nivel de prioridad 2 en la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio.
En este sentido, las actividades clasificadas con nivel de prioridad 1 en la Orden ARM/1783/2011, deber�n disponer de una garant�a financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades que pretendan desarrollar, en el plazo de un a�o a contar desde la fecha de entrada en vigor de la Orden APM/1040/2017, mientras que las actividades clasificadas con nivel de prioridad 2 en la Orden ARM/1783/2011, deber�n disponer de una garant�a financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades que pretendan desarrollar, en el plazo de dos a�os a contar desde la fecha de entrada en vigor de la mencionada orden.
Desde ahora se hace imprescindible para las empresas afectadas disponer de un An�lisis de Riesgos. Nuestra experiencia de m�s de 8 a�os en la elaboraci�n de an�lisis cuantitativos de riesgos (ACRs) nos avala, caracteriz�ndose nuestros estudios por una metodolog�a transparente y rigurosa definida en 4 fases:
1- Toma de datos.
2- An�lisis de los Riesgos Ambientales seg�n los requisitos del RD 2090/2008 (Reglamento que desarrolla la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental) y la norma UNE150.008.
3- Tramitaci�n t�cnico administrativa para la Verificaci�n, o aprobaci�n por la Comisi�n t�cnica de prevenci�n y reparaci�n de riesgos medioambientales, seg�n proceda.
4- Asistencia T�cnica y colaboraci�n con la Empresa, Plataforma Sectorial o Junta de Usuarios para disminuir gradualmente los riesgos ambientales (y con ello la Garant�a Financiera).